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Univision Noticias

El gobierno informó que fueron emitidas “nuevas instrucciones” para las solicitudes de asilo de extranjeros cuyos procesos de deportación fueron cancelados o desestimados por la Corte de Inmigración en EEUU.

Si usted es uno de los afortunados porque la Corte de Inmigración le canceló la orden de deportación y tiene pensado pedir asilo en Estados Unidos, presta atención: a partir de este lunes, 16 de octubre de 2023, deberás utilizar un nuevo formulario. Si no lo haces, lo más probable es que haya retrasos en tu petición o incluso pierdas tus derechos de permanencia en el país.

La Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS en inglés) anunció que se habían emitido “nuevas instrucciones con respecto a las solicitudes de asilo presentadas por personas cuyos procedimientos (juicios) de deportación fueron desestimados o cancelados por la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (Corte de Inmigración, EOIR).

Esto significa que, partir de este lunes, “si EOIR desestimó o canceló sus procedimientos de deportación y, usted opta por presentar una solicitud de asilo, debe hacerlo por medio una versión actualizada del formulario I-589 (Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación)”.

La agencia recomendó que, al pedirlo, procures hacerlo a través de una localidad segura (‘lockbox’) “que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia”.

Una localidad segura o ‘lockbox’ son sitios creados por USCIS para procesar y enviar formularios, y realizar trámites migratorios de beneficios legales disponibles a través de internet sin riesgo de verse afectados o dañados por terceros. El sistema garantiza que la información que remitirás se encuentra segura.

Quiénes se benefician y cómo

USCIS explicó que si tenías una solicitud de asilo pendiente cuando la Corte de Inmigración desestimó o canceló tus procedimientos de deportación, entonces “debes incluir en tu envío del formulario I-589 cualquier información adicional o actualizada relacionada con su solicitud de asilo”.

La agencia federal también aconsejó presentar evidencia que demuestre que:

  • La EOIR desestimó o canceló tus procedimientos de deportación, tales como una copia de la Orden de Desestimación o Cancelación, y
  • Tenías un Formulario I-589 pendiente con EOIR cuando desestimaron o cancelaron tus procedimientos de deportación o remoción

Qué pasa después de enviar el formulario I-589

La nueva regla anunciada por el servicio de inmigración precisa que “si la evidencia demuestra que usted presentó un formulario I-589 antes de la fecha en que la Corte de Inmigración desestimó o canceló sus procedimientos de deportación, le emitiremos una notificación de recibo con la fecha de presentación original de su formulario I-589”.

El servicio de inmigración aseguró que esa será la fecha que utilizará para propósitos de:

  • La fecha límite de un año para presentación de la solicitud, elegibilidad para autorización de empleo en función de una solicitud de asilo pendiente
  • La prioridad para programar una entrevista de asilo
  • Las determinaciones de edad para los menores dependientes solicitantes de asilo

Si el extranjero no presentó un formulario I-589 (Solicitud de Asilo y Suspensión de Deportación) antes de la fecha en que la Corte de Inmigración desestimó o canceló sus procedimientos de remoción, “le expediremos una notificación de recibo con la fecha de presentación de su actual Formulario I-589”, indicó.

Qué pasa con los asilos afirmativos

En el caso de extranjeros que hayan presentado originalmente una solicitud de asilo con USCIS (conocida como una solicitud o petición de asilo afirmativo) “y referimos, reenviamos o transferimos su petición de asilo al tribunal de inmigración donde quedó pendiente hasta que se desestimaron o cancelaron los procedimientos de deportación, tenemos la intención de expedirle una nueva Notificación de Comparecencia (NTA) discrecional para remitirlo de nuevo a la EOIR para que usted presente una nueva solicitud de asilo”, explicó el servicio de inmigración.

La agencia, que opera bajo el mando del Departamento de Seguridad Nacional (DHS en inglés), precisó que, para evitar demoras en el procesamiento, los beneficiarios de una cancelación de deportación “deben leer cuidadosamente las secciones ‘Dónde Presentar su Solicitud’ e ‘Instrucciones Especiales’ incluidas en la página relacionada con el formulario I-589.

Esto para conocer “si el extranjero beneficiado por una cancelación de deportación es elegible para presentar el Formulario I-589 con USCIS en línea o en formato impreso”.

En cuanto al trámite para solicitar una autorización de empleo porque acumula más de 180 días desde la fecha original de su petición de asilo, USCIS pidió consultar la página del formulario I-765 para obtener información sobre los documentos requeridos y demás requisitos.

Los casos de asilo pendientes

Cabe señalar que al 30 de junio de este año, USCIS tenía acumulados 920,963 formularios I-589 de asilo afirmativo. Abogados consultados por Univision Noticias recordaron que, debido al atasco, los casos pueden demorar meses, “incluso años en ser resueltos”.

El abogado Alex Gálvez, quien ejerce en Los Ángeles, California, señaló que “los peticionarios de asilo afirmativo deben tener en cuenta que, después de 180 días de que su caso está pendiente, pueden comenzar a gestionar ante a USCIS una autorización de empleo (EAD) por medio del formulario I-765″.

Los abogados entrevistados también reiteraron que los casos de asilo afirmativo rechazados por USCIS son referidos a la Corte de Inmigración, “donde los peticionarios enfrentarán un juicio de deportación de Estados Unidos. Estos casos se convierten en asilos ‘defensivos’”.

Migrants who crossed the Rio Grande and entered the U.S. from Mexico are lined up for processing by U.S. Customs and Border Protection, Saturday, Sept. 23, 2023, in Eagle Pass, Texas. (AP Photo/Eric Gay)
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