lunes, abril 6, 2026
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Las personas con Asilo, Violencia Domestica ya no tendran beneficios de estampillas de Comida o Calfresh

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Cambios en los beneficios para Estampillas de Comida y Calfresh, que van a tener a partir del 1 de Abril 2026 entre la categoria ya no tendran estos servicios son personas con Asilo Politico, Con Procesos de Violencia Domestica, Trata de Personas, Inmigrantes con Permiso Humanitario como Cubanos, Refugiados.

¿Qué cambios entrarán en vigor el 1 de abril de 2026?

Debido a HR 1, el estado implementará cambios para eliminar la elegibilidad de CalFresh para la mayoría de los inmigrantes con residencia legal a partir del 1 de abril de 2026.

A partir del 1 de abril de 2026, las siguientes categorías de inmigrantes con residencia legal ya no serán elegibles para CalFresh:

  • Asilados
  • Refugiados
  • Inmigrantes con permiso humanitario («parolees») excepto si son entrantes cubanos o haitianos
  • Personas cuyo proceso de deportación o expulsión está retenido
  • Entradas condicionales
  • Víctimas del tráfico de personas
  • No ciudadanos maltratados
  • Iraquíes y afganos con visas especiales de inmigrante (Special Immigrant Visas o SIV) que no son residentes permanentes legales (Lawful Permanent Residents o LPR)
  • Ciertos nacionales de Afganistán a los que se les concedió permiso humanitario (“parole”) entre el 31 de julio de 2021 y el 30 de septiembre de 2023.
  • Ciertos nacionales de Ucrania a los que se les con permiso humanitario pasó entre el 24 de febrero de 2022 y el 30 de septiembre de 2024
¿Qué cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2026?

A partir del 1 de junio de 2026, el estado implementará los cambios del límite de tiempo de CalFresh para adultos de entre 18 y 65 años que no tienen niños pequeños en el hogar. Estas personas deben tener una excepción de estas reglas o satisfacer un requisito de trabajo o de interacción con la comunidad para conservar sus beneficios durante más de 3 meses en un período de 36 meses.

Las personas vinculadas a estas reglas son a menudo llamadas «adultos básicamente hábiles y sin dependientes» (Adultos capaces sin dependientes o ABAWDS).

HR 1 cambia las reglas de límite de tiempo de CalFresh causando que más personas tendrán que satisfacer los requisitos de trabajo o de interacción con la comunidad para conservar sus beneficios de CalFresh.

Las personas que están exentas de estas reglas incluyen:

  • (CAMBIADO en HR 1) Personas menores de 18 o mayores de 64 años (anteriormente «mayores de 54»).
  • (CAMBIADO en HR 1) Un padre/madre (o persona responsable) de un hijo dependiente menor de 14 años (anteriormente «menor de 18 años»).
  • Personas que no pueden trabajar al menos 20 horas a la semana o un total de 80 horas o más al mes debido a un problema físico o mental.
  • Personas cuidado a una persona enferma, lesionada o discapacitada que necesitará su ayuda durante más de 30 días.
  • Personas que reciben o solicitan beneficios de discapacidad, incluyendo, entre otros:
    • Beneficios de discapacidad para veteranos
    • Compensación por lesiones en el trabajo
    • Ingresos Suplementarios de Seguridad (Supplemental Security Income o SSI)
    • Beneficios de discapacidad permanente o temporal emitidos por el estado
  • Beneficios de discapacidad permanente o temporal emitidos por el estado
  • Personas con un embarazo (en cualquier etapa del embarazo).
  • (NUEVO en HR 1) Personas que se identifican como indígenas estadounidenses, indígenas urbanos (Urban Indian) o indígenas de California (California Indian) conforme a la Ley de Mejora de la Atención Sanitaria para Indígenas (Indian Health Care Improvement Act o IHCIA).
  • Personas que participan, al menos a tiempo parcial, en un programa de capacitación de una Oficina de Relocalización de Refugiados (Office of Refugee Resettlement o ORR).
  • Personas que asisten a la escuela al menos a tiempo parcial (es posible que se apliquen las reglas sobre la elegibilidad para estudiantes).
  • Personas viviendo en un área en donde haya una exención del requisito de trabajo de ABAWD

Las personas que deben cumplir con el requisito de trabajo o de interacción con la comunidad deben participar en la actividad calificada durante al menos 20 horas a la semana o un promedio de 80 horas al mes. Actividades calificadas incluyen:

  • Trabajo remunerado
  • Trabajo de voluntariado o servicio comunitario
  • Capacitación laboral o programas de empleo
  • Educación
  • Beneficios a cambio de trabajo
  • Cualquier combinación de las opciones mencionadas anteriormente
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