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Univision Noticias

El anuncio hecho el martes por el servicio de inmigración, de extender la validez de ciertos permisos de trabajo debido a los atrasos que está experimentando la agencia para renovar las tarjetas, no beneficia a todo el mundo. Pero para quienes califican, se trata de un ‘regalo caído del cielo’. La nueva Regla Final Temporal (Temporary Final Rule -RFT-) es simple: quienes hayan tramitado o gestionado una renovación de su permiso de trabajo en tiempo y están dentro de los 180 días automáticos de extensión que ya había otorgado la agencia, tendrán 360 días adicionales de validez de sus tarjetas.

Es decir, ahora esos permisos de trabajo (autorizaciones de empleo) son válidos por 540 días después de la fecha de caducidad. Te explicamos en detalle de qué se trata la nueva regla, quiénes califican y a partir de cuándo. Por qué ampliaron la validez de los permisos de trabajo Porque la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) tiene acumulados más de 9 millones de solicitudes de beneficios pendientes. De ellos, 1,562,467 corresponden a solicitudes de permisos de trabajo (Formulario I-765), entre nuevas peticiones y renovaciones.

De ese grupo, 396,120 corresponden a solicitantes de asilo y 121,592 a dreamers beneficiarios de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). Por qué el atasco No existe una sola razón para explicarlo. Hasta 2016, en promedio la USCIS demoraba no más de seis meses en la mayoría de sus trámites, entre ellos ciudadanía y permisos de trabajo. En 2017, con la implementación de la política migratoria de ‘tolerancia cero’, la agencia pasó de ser una dependencia de “servicio” a otra que colaboraba con otras dependencias del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) en el enforzamiento (aplicación) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

El giro la llevó a concentrar recursos en áreas que priorizaban o estaban enfocadas en seguridad, aprehensiones y deportaciones, distrayendo recursos que por años habían sido autorizados para mejorar el área de atención y servicios. La reorientación de recursos se enfocó más en el área de seguridad nacional (vigilancia extrema de antecedentes, demoras en los procesos de revisiones, creación de nuevos protocolos de seguridad y lentitud en aprobar beneficios), afectando los tiempos de procesamiento.

Todos los trámites se vieron afectados. En el caso de la ciudadanía, por ejemplo, que en promedio tardaba de 4 a 6 meses en 2016, todavía ahora en algunas oficinas de USCIS puede demorar hasta 23 meses. Y en cuanto al permiso de trabajo, una gestión que no demoraba más de 6 meses, en algunos casos ahora tarda más de un año. Por su parte, la agencia dijo que, por varios años, ha estado en una situación financiera precaria que perjudicó la finalización eficiente de los casos.

Y agrega que la pandemia de COVID-19 exacerbó estos desafíos en 2020, con la congelación de la contratación y una amenaza de suspensión de empleados que provocó la pérdida de fuerza laboral y redujo severamente las capacidades de procesamiento. Y a esto se sumó un aumento repentino y dramático en las presentaciones iniciales y de renovación de EAD. Una tormenta perfecta. Qué problemas causan los atrasos “Que a la gente se le expira su permiso de trabajo y pierde su empleo porque no tiene autorización legal para trabajar en Estados Unidos porque la nueva tarjeta no les llega a tiempo”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

El año pasado la USCIS había intentado solucionar el problema de las demoras otorgando una extensión del plazo de validez a miles de permisos de trabajo de titulares del Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua, Nepal y Sudán. Pero el cambio no ayudó a solucionar el problema de fondo y los problemas continuaron. Qué hizo ahora la USCIS Publicó una nueva Regla Final Temporal que aumenta el período de extensión automática de la autorización de empleo (EAD) disponibles para ciertos solicitantes de renovación hasta por 540 días. “Las personas que han aplicado para renovar su permiso de trabajo y están dentro de los 180 días de renovación automática o se le vencieron los 180 días y todavía no han recibido sus nuevas tarjetas, van a recibir 360 días adicionales de validez de sus permisos caducados”, explica Guerrero.

Pero advierte: “No califican aquellos que presentan una solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765) inicial o por primera vez, sino sólo aquellos que están renovando sus permisos que ya vencieron y pidieron a tiempo sus renovaciones, o están a punto de vender”, agrega. Guerrero también recalca que “el beneficio solo aplica si usted hizo su renovación en tiempo, al menos 150 días antes del vencimiento de su tarjeta, y busca la misma clasificación (o categoría) que tenía anteriormente”.

A quiénes beneficia la regla La RFT beneficia entre otros a: · Asilados; · Refugiados; · Titulares de TPS; · Extranjeros con cancelación de deportación; · Aplicantes de residencia legal permanente; · Aplicantes de asilo esperando la resolución de sus casos; · Beneficiarios de la Ley Vawa. Nota: La ley Vawa La Ley Vawa permite a ciertos inmigrantes víctimas de violencia o maltrato presentar una auto-petición para obtener la protección del gobierno de Estados Unidos (y la residencia legal permanente). La ley (Violence Against Women Act) fue creada por el Congreso en 1994. Cuando entra en vigor La RFT entró en vigor inmediatamente tras ser anunciada. Cuál es el objetivo de la regla Que los inmigrantes que tienen autorización legal para trabajar en Estados Unidos no pierdan sus empleos. “A medida que USCIS trabaja para atender la cantidad de casos pendientes de EAD, la agencia ha determinado que la extensión automática actual de 180 días de la autorización de empleo es insuficiente en este momento”, dijo Ur Jaddou, directora de la agencia. “Esta regla temporal brindará a los no ciudadanos elegibles para la extensión automática la oportunidad de mantener el empleo y brindar apoyo crítico a sus familias, al tiempo que se evitan interrupciones adicionales para los empleadores estadounidenses”, indicó. A quiénes aplica la regla USCIS dice que la TFR solo aplica a las categorías EAD actualmente elegibles para una extensión automática de hasta 180 días, quienes tendrán hasta 360 días adicionales de extensión automática (para un total de hasta 540 días) a los solicitantes elegibles que tienen una solicitud de renovación del Formulario I-765 pendiente.

A su vez, esta petición debe haber sido presentada oportunamente durante el período de 18 meses posterior a la publicación de la TFR mientras USCIS trabaja con los casos pendientes que se exacerbaron durante la pandemia de COVID-19. · A los no ciudadanos con una solicitud de renovación pendiente, cuya extensión automática de 180 días haya vencido y cuyo permiso de trabajo haya caducado, se les otorgará un período adicional de autorización de empleo y validez del EAD a partir del 4 de mayo de 2022, con una duración de hasta 540 días a partir de la fecha de vencimiento de su EAD, para que puedan reanudar el empleo si todavía están dentro del período de extensión automática de hasta 540 días, y son elegibles. A los no ciudadanos con una solicitud de renovación pendiente aún cubierta por la extensión automática de 180 días, se les otorgará una extensión adicional de hasta 360 días, para un total de hasta 540 días después del vencimiento del EAD actual.

A los no ciudadanos con una solicitud de renovación pendiente y un EAD válido el 4 de mayo de 2022, o que presenten oportunamente una solicitud de renovación de EAD antes del 27 de octubre de 2023, se les otorgará una extensión automática de hasta 540 días si su EAD vence antes de que se procese la solicitud de renovación. USCIS dice que este plazo adicional le dará a USCIS la oportunidad de atender la escasez de personal, implementar eficiencias adicionales y cumplir con el objetivo de normalizar los procesos. “Un ciclo de espera de tres meses para finales de 2023”, dijo la directora de la agencia. Cuando vence el beneficio USCIS explica que la extensión automática generalmente finalizará con la notificación de la denegación (rechazo) de la solicitud de renovación o al final del período de hasta 540 días (es decir, hasta 540 días después de la fecha de vencimiento en el EAD del solicitante vencido). Lo que ocurra primero.

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